Política de no discriminación
El distrito brindará igualdad de oportunidades educativas y el mismo trato a todos los estudiantes en cuanto al programa académico y de actividades, sin discriminación por motivos de raza, religión, credo, color de piel, país de origen, edad, condición de veterano o militar retirado con honores, sexo, orientación sexual, expresión o identidad de género, estado civil, cualquier tipo de discapacidad sensorial, mental o física; o que una persona con discapacidad utilice un perro lazarillo o animal de servicio con entrenamiento. El distrito brindará igualdad de acceso a las instalaciones escolares a los Boy Scouts de América y a todos los demás grupos juveniles designados incluidos en la lista del Título 36 del Código de Estados Unidos como sociedad patriótica. Los programas del distrito prohíben el acoso sexual.
No se tolerará la conducta en contra de cualquier estudiante que se base en una de las categorías arriba indicadas que sea suficientemente grave, persistente o constante respecto a limitar o negar la posibilidad del alumno a participar o beneficiarse de las ofertas de cursos del distrito, los programas educativos o cualquier actividad. Cuando un empleado del distrito sepa, o debería saber razonablemente, que ocurre o ha ocurrido dicho acoso discriminatorio, el distrito adoptará medidas oportunas y efectivas razonablemente calculadas para terminar con el acoso, evitar que se repita y remediar sus efectos.
La declaración de política de no discriminación del distrito se incluirá en todos los anuncios escritos, avisos, materiales de reclutamiento, solicitudes de empleo y otras publicaciones que estén a disposición de los estudiantes, padres de familia o empleados. La declaración deberá incluir: 1) aviso de que el distrito no discriminará en ningún programa o actividad con base en cualquiera de las categorías antes mencionadas; 2) el nombre y la información de contacto del funcionario de cumplimiento del distrito para garantizar el cumplimiento de esta política; y 3) los nombres y la información de contacto de los funcionarios de cumplimiento de la Sección 504 y del Título IX del distrito.
El distrito publicará anualmente un aviso razonablemente calculado para informar a los estudiantes, a los padres de familia o tutores (en un lenguaje que puedan entender, lo cual podría requerir asistencia lingüística) y a los empleados el procedimiento del distrito para presentar denuncias por discriminación.
El superintendente designará a un integrante del personal como funcionario de cumplimiento de esta política. El funcionario de cumplimiento será responsable de investigar las denuncias de discriminación que se comuniquen al distrito.
El distrito ofrecerá o proporcionará capacitación a los administradores, al personal certificado y del salón de clases sobre la responsabilidad de generar conciencia y eliminar el sesgo con base en las categorías identificadas en esta política.
Referencias Cruzadas:
2020 - Elaboración de planes de estudio y adopción de materiales educativos
2030 - Animales de servicio en las escuelas
2140 - Orientación y asesoría
2150 - Programa complementario al plan de estudios
2151 – Actividades interescolares
3211 - Estudiantes transgénero
4260 - Uso comunitario de las instalaciones escolares
Referencias Legales:
Capítulo 28A.640 del Código Revisado de Washington (RCW): Igualdad
de género
Capítulo 28A.642 del RCW: Prohibición de la discriminación
Capítulo 49.60 del RCW: Discriminación — Comisión de derechos humanos
Capítulo 392-190-020 del Código Administrativo de Washington (WAC): Capacitación – Responsabilidades del personal – Concientización sobre los sesgos
Capítulo 392-190-060 del WAC: Cumplimiento – Designación del empleado responsable por parte del distrito escolar - Notificación
Capítulo 392-400-215 del WAC: Derechos de los estudiantes
Título 20, sección 7905 del Código de los Estados Unidos (U.S.C.): Ley de Acceso Igualitario a los Boy Scouts of America
Título 42, secciones 12101-12213 del U.S.C.: Ley para Estadounidenses
con Discapacidades
Recursos Administrativos:
2014 - Edición de diciembre
2013 - Edición de abril
2012 - Edición de diciembre
2011 - Edición de junio
Novedades de la política, Ley contra la discriminación en Washington de agosto de 2007
Fecha de adopción:
02-23-15